Mintransporte emite viabilidad técnica al Metro Ligero sobre la calle 30
“Es un paso fundamental para tener un sistema de transporte moderno”: Alcalde Char.
El Ministerio de Transporte emitió concepto de viabilidad técnica al proyecto Metro Ligero Línea 1 - Calle 30, para la ciudad de Barranquilla.
El proyecto presenta la integración con otros modos de transporte público de pasajeros.
Tras conocer la decisión, el Alcalde Alejandro Char Chaljub destacó que “el concepto técnico favorable del Ministerio de Transporte es un paso fundamental para el sueño que tengamos un sistema de transporte moderno, ambientalmente sostenible, rápido sobre una vía tan importante como la calle 30, que le garantice a los ciudadanos mayor rapidez para moverse en este importante corredor”.
También resaltó la mejora integral del entorno de la calle 30: “Vía ampliada, arborizada, iluminada, con puentes que garantizan mayor movilidad, conectada con el Centro a través del Metro Ligero, mejor calidad de vida para nuestra gente y una nueva cara de Barranquilla y su Área Metropolitana para quien nos visita”.
El proyecto será ejecutado por empresarios del transporte público bajo las directrices del AMB.
El escenario utilizado para el proyecto plantea la exclusividad del Metro Ligero sobre el corredor de la calle 30 y en consecuencia el traslado de las rutas que hoy transitan por el mismo hacia vías alternas como la calle 17.
En ningún caso se proponen traslados de rutas hacia la calle Murillo por tratarse del corredor troncal de Transmetro.
Para este proyecto el Área Metropolitana de Barranquilla cuenta actualmente con la fuente de recursos para cubrir costos por integración tarifaria, incluidos los asociados a la infraestructura necesaria para la estación de integración con el sistema intermunicipal, lo cual es de importancia estratégica para la movilidad de Barranquilla y su Área Metropolitana.
Respecto a la fuente de financiación para asumir una eventual diferencia tarifaria, el AMB considera como primera fuente el Fondo de Estabilidad Tarifaria, el cual es hoy alimentado con recursos provenientes de la tarifa del usuario del TPC.
En el caso de mayores requerimientos se podrá recurrir a su financiación mediante otros mecanismos incluidos en la Ley 1753 de 2015 y que actualmente no se encuentran comprometidos, tales como: la contribución por el servicio de garajes o zonas de estacionamiento de uso público, cobros por congestión o contaminación, fuentes como valorización, subasta de norma urbanística, herramientas de captura del valor del suelo y cobro o aportes por edificabilidad adicional.
“No obstante, es importante tener presente que el AMB actúa como concedente del contrato al mismo tiempo que es la autoridad que regula la tarifa, por lo cual, los ajustes tarifarios deberán realizarse bajo las condiciones del contrato que se suscriba con el privado”, señaló el Ministerio de Transporte en la comunicación dirigida al Gerente del AMB, Jaime Berdugo Pérez.
“El AMB en su rol de autoridad de transporte y entidad concedente, realizará los ajustes tarifarios que se definan técnicamente en cumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato de concesión que se suscriba para la implementación y operaciòn del proyecto”, reitera el Ministerio.
Para ello, mediante Acuerdo Metropolitano 005 de 2016, el AMB implementó el Fondo de Estabilidad Tarifaria del Sistema Integrado de Transporte Masivo, que tiene por objeto cubrir la diferencia actual existente entre la tarifa técnica y la del usuario del sistema.
Teniendo en cuenta dicho Acuerdo, en caso de ser necesario los recursos del FET pueden ser utilizados para financiar la tarifa de los usuarios del Metro Ligero Línea 1, “debido a que este cumple con las características para ser considerado como la Fase II del Sistema Integrado de Transporte Masivo en el Área Metropolitana”.